El Bono Alquiler Joven en la declaración de la renta
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Escribe la ayuda cobrada en el año y tu sueldo: te decimos si tienes que declarar, en qué casilla va y cuánto puede costarte.
¿Tienes que hacer la declaración?
Sí
La ayuda pasa de 1000 €: el artículo 96.2.c de la Ley del IRPF te obliga a declarar aunque ganes poco.
| Ganancia patrimonial a declarar | 3000 € |
| Casilla del modelo 100 | 0303 |
| Retención aplicada | 0 € |
| Coste fiscal aproximado | 570 € |
Base imponible general, año en que la cobras, sin retención (Manual de Renta 2025 de la AEAT). El coste usa el tipo que eliges, no tu cálculo real.
Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en los boletines autonómicos el 26 de octubre de 2026
El Bono Alquiler Joven y las demás ayudas al alquiler no están exentas: la Agencia Tributaria las trata como una ganancia patrimonial que se suma a la base imponible general del año en que la cobras, y la comunidad no te retiene nada al pagarla. Va en la casilla 0303 del modelo 100, normalmente ya rellena en el borrador. La consecuencia que más sorprende es la obligación de declarar: si en un año cobras más de 1000 euros entre ayudas públicas y otras rentas parecidas, el artículo 96 de la Ley del IRPF te obliga a presentar la declaración aunque tu sueldo esté por debajo de los 22.000 euros. Con el Bono completo, 3000 euros al año, pasas de ese límite seguro. Que tengas que declarar no quiere decir que pagues: con un sueldo bajo, el resultado puede seguir saliendo a cero o a devolver.
Ganancia patrimonial, sin retención
Según el manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria, las ayudas públicas al alquiler son ganancias patrimoniales que no proceden de la transmisión de bienes. Se integran en la base imponible general, la misma que tu sueldo, y tributan al tipo marginal que te corresponda. La comunidad no practica retención al pagar, así que todo el impuesto se ajusta en la declaración. Se imputan al año en que se cobran: si te pagan atrasos en un solo año, todo va a ese ejercicio.
Cuándo te obliga a declarar
El artículo 96 de la Ley del IRPF libera de declarar a quien solo tiene rendimientos del trabajo de hasta 22.000 €, o 15.876 € si el segundo pagador y siguientes pasan de 1500 €. Pero ese límite exige que las ganancias patrimoniales por ayudas públicas, sumadas a otras rentas como las imputaciones inmobiliarias, no pasen de 1000 € al año. Con 14.000 euros de sueldo y 3000 € de ayuda, el resultado es que sí tienes que declarar.
Último mes subvencionado
Último mes subvencionado
diciembre de 2027
| Cobrado en 2026 (a declarar en la renta de 2026) | 3000 € |
| Cobrado en 2027 (a declarar en la renta de 2027) | 3000 € |
Cuánto puede costar
Con sueldos bajos, el mínimo personal y la reducción por rendimientos del trabajo absorben buena parte de la ayuda, y el resultado puede salir a cero o a devolver. Con sueldos medios, la ayuda tributa a tu tipo marginal: con un 24 %, de 3000 € cobrados al año se van unos 720 €. La calculadora usa el tipo que elijas como aproximación, no hace tu declaración completa.
La exención que no se aplica
El artículo 7.y de la Ley del IRPF deja exentas, hasta 1,5 veces el IPREM (12.600 €), las rentas mínimas y las ayudas a personas en riesgo de exclusión. El Bono no entra ahí, porque se concede por edad e ingresos. Para reducir la factura fiscal, mira la deducción estatal por alquiler, compatible con la ayuda.