Ayudas al alquiler 2026: qué te corresponde según tu hogar

Sitio independiente, no gubernamental

Rellena edad, alquiler, ingresos del hogar y situación familiar: la calculadora prueba las tres ayudas estatales y te dice cuál pagaría más.

Sin garaje ni trastero

Los de tu última declaración del IRPF

Personas empadronadas contigo; en habitación no cuentan

¿Qué alquilas?
Más datos
¿Municipio de 10.000 habitantes o menos?
¿Nacionalidad UE o residencia legal?
¿Trabajo o prestación con 3 meses cotizados en los últimos 6?
¿Al corriente con Hacienda y Seguridad Social?
¿Tienes una vivienda en propiedad?
¿Familiar del casero (1.º o 2.º grado)?

La mejor ayuda para tu hogar

250 €/mes

Ayuda general al alquiler del Plan 2026-2030

Bono Alquiler JovenEdad fuera del límite
Ayuda joven del Plan 2026-2030Edad fuera del límite
Ayuda general al alquiler del Plan 2026-2030250 €/mes
Límite de ingresos de la ayuda general5 × IPREM = 42.000 €
Alquiler máximo de la ayuda general1000 €

Ayuda general: 250 € (150 € por habitación), que la comunidad puede subir hasta el 40 % del alquiler si tienes personas a cargo o discapacidad (art. 119).

Cómo se calcula

Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en los boletines autonómicos el 26 de octubre de 2026

En 2026 las ayudas al alquiler que paga el Estado a través de las comunidades son cuatro. La ayuda general del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 sirve para cualquier persona mayor de edad cuyo hogar ingrese hasta 5 veces el IPREM, 42.000 euros al año, o hasta 5,5 y 6 veces en familias numerosas, monoparentales o con discapacidad; paga hasta 250 euros al mes, 150 por una habitación, y la comunidad puede subirla hasta el 40 % del alquiler si tienes personas a cargo. La ayuda a personas especialmente vulnerables puede cubrir hasta el 100 % del alquiler, con un máximo de 1000 euros, más 300 euros para gastos. Los jóvenes de hasta 35 años tienen además la ayuda joven del mismo Plan y el Bono Alquiler Joven. Ninguna se suma a otra para el mismo alquiler, y todas se piden en la convocatoria de tu comunidad, que fija plazos y puede añadir requisitos.

La ayuda general, paso a paso

El artículo 116 del Real Decreto 326/2026 pide ser titular de un contrato de alquiler o de cesión de uso, o estar a punto de firmarlo; que la vivienda sea tu domicilio habitual, acreditado con el empadronamiento; que los ingresos de todas las personas empadronadas no pasen del límite; y que el alquiler no supere 1000 €, o 600 € por una habitación. En una habitación cuentan solo tus ingresos.

La cuantía es de 250 € al mes como máximo, 150 € por habitación. Para hogares con personas a cargo o con discapacidad, la comunidad puede llegar al 40 % del alquiler. Dura 24 meses y la comunidad puede prorrogarla otros 24, siempre que sigas cumpliendo. Si te mudas dentro de la comunidad debes avisar en 30 días.

Tus ingresos en veces el IPREM

Tus ingresos en veces el IPREM

2,5 ×

IPREM mensual600 €
IPREM anual, 12 pagas7200 €
IPREM anual, 14 pagas8400 €
Ver los límites de todas las ayudas →

Límites que la comunidad puede cambiar

El real decreto da margen a cada convocatoria. Puede subir el alquiler máximo si lo justifica con estudios de precios y firma un acuerdo con el Ministerio; para familias numerosas, monoparentales o con discapacidad puede llegar a 1600 € sin ese acuerdo (artículo 117.2.a). Puede fijar unos ingresos mínimos. Y decide si abre la convocatoria de forma permanente o por plazos, o si concede la ayuda de forma directa (artículo 121). Por eso la misma familia puede cumplir en una comunidad y no en la de al lado.

Personas especialmente vulnerables

La sección 2.ª del mismo capítulo, artículos 124 a 131, crea una ayuda pensada para soluciones urgentes. Puede pagar hasta 1000 € al mes y hasta el 100 % del alquiler, y otros 300 € al mes para comunidad, seguros y suministros, durante un máximo de 5 años. Exige un informe preceptivo de los servicios sociales. A diferencia del resto, esta ayuda sí es compatible con otras ayudas para la misma finalidad.

Dónde está cada comunidad

El Plan 2026-2030 entró en vigor el 24 de abril de 2026, pero cada comunidad necesita firmar su convenio con el Ministerio y publicar su convocatoria. A la fecha de nuestra última lectura, 2 de las 19 comunidades y ciudades autónomas tenían alguna convocatoria estatal abierta. El calendario de convocatorias lo detalla y la página del Plan Estatal 2026-2030 explica todas sus líneas.

Preguntas frecuentes

¿Hay ayuda al alquiler para mayores de 35 años en 2026?

Sí. La ayuda general del Plan 2026-2030, en los artículos 115 a 123 del Real Decreto 326/2026, no tiene límite de edad: basta con ser mayor de edad. Paga hasta 250 euros al mes durante 24 meses, prorrogables otros 24, si los ingresos del hogar no pasan de 5 veces el IPREM y el alquiler no supera 1000 euros.

¿Cuánto sube la ayuda general si tengo hijos a cargo?

El artículo 119 permite que la comunidad la eleve por encima de 250 euros hasta el 40 % del alquiler, en función de las personas a cargo o de una discapacidad del 33 % o más. Con un alquiler de 900 euros eso serían hasta 360 euros. La subida concreta la fija cada convocatoria, no el real decreto.

¿Quién puede pedir la ayuda para personas especialmente vulnerables?

Víctimas de violencia de género, de violencia sexual o de trata, familias monoparentales, personas desahuciadas, sin hogar, en infravivienda y otras que los servicios sociales consideren vulnerables. Los ingresos del hogar deben estar por debajo de 3 veces el IPREM, o 4 y 5 veces en algunos casos. Hace falta un informe social.

¿Puede mi comunidad poner un ingreso mínimo para la ayuda al alquiler?

Sí. El artículo 116.1.c del Real Decreto 326/2026 deja que cada comunidad fije unos ingresos mínimos para acceder a la ayuda general, y el 117.2.b le permite hacerlo sin acuerdo con el Ministerio. Si tu comunidad lo hace, aparecerá en su convocatoria y quien no llegue a ese mínimo quedará fuera aunque cumpla el resto.

Sigue con

Fuentes oficiales de esta página

Preparado por

Editor de herramientas gratuitas sobre ayudas al alquiler en España: derecho al Bono Alquiler Joven y a las ayudas del Plan Estatal 2026-2030 por comunidad, IPREM y deducción en el IRPF

Actualizado el · Política editorial · Contacto

Situación 2026, normativa leída en el BOE y en los boletines autonómicos el