Requisitos del Bono Alquiler Joven en 2026, uno a uno
Sitio independiente, no gubernamental
Responde a nueve preguntas: cada requisito del artículo 6 del Real Decreto 42/2022 sale marcado como cumplido o no, con su artículo.
Requisitos del Bono que cumples
9 / 9
Cumples todos: el último filtro es el alquiler máximo de tu comunidad.
Si te falta solo un requisito del Bono, mira la ayuda joven del Plan 2026-2030: sin vida laboral mínima y hasta 5 veces el IPREM.
| Requisito | ¿Cumples? | RD 42/2022 |
|---|---|---|
| Edad de 18 a 35 años incluidos | Sí | Art. 6.1.a |
| Ingresos de hasta 3 veces el IPREM | Sí | Art. 6.1.d |
| Nacionalidad o residencia legal | Sí | Art. 6.1.b |
| Fuente regular de ingresos | Sí | Art. 6.1.d |
| Contrato de alquiler o cesión | Sí | Art. 6.1.c |
| Vivienda habitual (padrón) | Sí | Art. 7 |
| Sin vivienda en propiedad | Sí | Art. 6.2.a |
| Sin parentesco ni sociedad con el casero | Sí | Art. 6.2.b y c |
| Al corriente de obligaciones | Sí | Art. 6.7 y Ley 38/2003, art. 13 |
Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en los boletines autonómicos el 26 de octubre de 2026
El Bono Alquiler Joven tiene nueve requisitos y hay que cumplirlos todos a la vez el día de la solicitud. Cuatro son personales: tener entre 18 y 35 años, nacionalidad de la Unión Europea o residencia legal, una fuente regular de ingresos y unos ingresos del hogar de hasta 3 veces el IPREM, es decir 25.200 euros al año. Dos tienen que ver con la vivienda: un contrato a tu nombre, o firmarlo en 2 meses, y que sea tu domicilio habitual, con padrón. Los tres últimos son exclusiones: no tener otra vivienda en propiedad, no ser familiar ni socio del casero y estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. Después queda un filtro que no es tuyo sino del piso: el alquiler máximo de tu comunidad. Si fallas en la vida laboral o en los ingresos, la ayuda joven del Plan 2026-2030 es más flexible.
Edad, nacionalidad y fuente de ingresos
El artículo 6 del Real Decreto 42/2022 mira la edad el día en que solicitas: hasta 35 años incluidos. La nacionalidad puede ser española, de otro país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza; si no, hace falta estancia o residencia regular. La fuente regular de ingresos es el requisito que más gente pasa por alto: hay que estar trabajando o cobrando una prestación, con 3 meses de vida laboral en los últimos 6, o tener un contrato que se prevea de 6 meses.
El límite de ingresos y quién cuenta
Los ingresos de todas las personas empadronadas en la vivienda, figuren o no en el contrato, no pueden pasar de 3 veces el IPREM. Con el IPREM de 14 pagas son 25.200 € al año. Si alquilas una habitación, solo cuentan los tuyos. La comunidad toma la última declaración del IRPF presentada; si no la hiciste, el certificado de imputaciones. La página del IPREM convierte tus ingresos en veces el IPREM.
Tus ingresos en veces el IPREM
Tus ingresos en veces el IPREM
2,5 ×
| IPREM mensual | 600 € |
| IPREM anual, 12 pagas | 7200 € |
| IPREM anual, 14 pagas | 8400 € |
La vivienda y las exclusiones
Tienes que ser titular del contrato o firmarlo en 2 meses desde la concesión, y la vivienda tiene que ser tu domicilio habitual durante todo el periodo, con padrón en 3 meses (artículo 7). Quedan fuera quienes, o cualquiera que viva en la vivienda, tienen otra casa en propiedad o usufructo, son parientes de primer o segundo grado del casero o socios de la sociedad arrendadora. Además, el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones exige estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
Si fallas en uno, mira la ayuda joven
La ayuda joven del Plan 2026-2030 no pide vida laboral mínima y sube el límite a 5 veces el IPREM, contando solo tus ingresos. A cambio, no se puede pedir hasta que tu comunidad la convoque. Prepara los documentos para tener el expediente listo cuando se abra el plazo.